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Secretarios Judiciales

ACTIVIDADES DEL SECRETARIADO DE UPSJ

La Unión Progresista de Secretarios Judiciales ha solicitado al Secretario de Estado de Justicia ser recibidos para trasmitirle las inquietudes de esta Asociación en relación al Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, actualmente en fase de elaboración. La reunión se ha señalado para el próximo día 8 de marzo, asistiendo en nuestra representación el Portavoz del Secretariado D. Emilio López. Dada la materia a tratar, asistirá también un representante de la Asociación Colegio Nacional de Secretarios Judiciales.
También durante la próxima semana, cuatro miembros del Secretariado acudirán al Centro de Estudios de la Administración de Justicia con el fin de mantener una reunión con los Secretarios Judiciales que actualmente están allí completando su formación inicial.

COMISION MIXTA EN LA COMUNIDAD VALENCIANA

El pasado 16 de febrero se celebró en la ciudad de Valencia la primera reunión de lo que será la Comisión Mixta entre la Comunidad Valenciana y los Secretarios Judiciales.
Bajo la Presidencia del Secretario Autonómico de Justicia, Ilmo. Sr. D. Fernando de Rosa, asistieron, por parte de la Administración Autonómica, la Directora General de Justicia y el Jefe del Area de Justicia, y por parte de los Secretarios Judiciales, el Secretario de Gobierno, tres Secretarios Judiciales destinados en cada una de las Capitales y un cuarto proveniente de uno de los Partidos Judiciales de la Comunidad.
Próximamente se constituirá formalmente este órgano de colaboración a través del cual se avanzará en la implantación de la nueva Oficina Judicial en esta Comunidad Autónoma, la Valenciana, que se ha venido demostrando ser pionera en todo lo que a la modernización de la Justicia se refiere.

REGLAMENTO ORGANICO

REGLAMENTO ORGANICO Durante la presente semana, miembros del Secretariado de la UPSJ han mantenido reuniones en el Ministerio de Justicia con el fin de avanzar en la elaboración del Reglamento Orgánico de Cuerpo de Secretarios Judiciales.

REUNION CON EL DIRECTOR GENERAL

REUNION CON EL DIRECTOR GENERAL Como ya adelantamos en esta página web, esta mañana el Portavoz de UPSJ, Emilio López, junto con el miembro del Comité Permanente, Enrique Cilla, han mantenido una reunión con el Director General de Relaciones con la Administración de Justicia, D. Ricardo Bodas, a la que tambien han asistido representantes de la asociación de Secretarios Judiciales Colegio Nacional de Secretarios Judiciales.
En relación con el asunto principal, la regulación del complemento de productividad, se ha producido una toma de contacto y cambio de impresiones sobre el documento inicial del Minsiterio, el informe publicado por UPSJ y el de CNSJ. Hemos efectuado aclaraciones respecto a algunos aspectos de nuestro informe que podían inducir a error, aclaraciones que se publicarán proximamente mediante una nota.
En este acto se nos ha dado traslado de un nuevo borrador de Reglamento de Secretarios Judiciales, emplazandonos para el inicio de las conversaciones la próxima semana. En cumplimiento del compromiso adquirido, en tanto no comiencen estas conversaciones y a la vista de su desarrollo, no daremos publicidad a este nuevo documento.
En otro orden de cosas, se nos ha anunciado que proximamante se nos trasladarán borradores de reforma de las leyes procesales.

PROXIMA REUNION CON EL DIRECTOR GENERAL DE JUSTICIA

PROXIMA REUNION CON EL DIRECTOR GENERAL DE JUSTICIA La Unión Progresista de Secretarios Judiciales ha sido convocada a una reunión en la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia el próximo día 9 de febrero para avanzar en la regulación del complemento de productividad para los Secretarios Judiciales.
No obstante ser éste el motivo de la reunión, el Portavoz de nuestra Asociación, Emilio López, se interesará por el estado actual de la elaboración del Reglamento Orgánico, desarrollo de la Oficina Judicial y reforma de las Leyes Procesales.
También, en cumplimiento del compromiso asumido públicamente a través de nuestro grupo de correo, reclamará que, en los casos de denuncia disciplinaria a un Secretario Judicial, sea a éste a quien se solicite informe, y no al Juez; y que, del mismo modo, la resolución que decreta el archivo sea notificada al Secretario interesado, y no al Juez.
En otro orden de cosas, nuestro Portavoz acudirá el próximo día 10 de febrero a una reunión del Foro por la Justicia como Servicio Público.

INFORME SOBRE PRODUCTIVIDAD

INFORME SOBRE PRODUCTIVIDAD En la web de la Asociación se ha publicado el informe que ha aprobado el Secretariado de UPSJ en contestación al primer documento trasladado por el Ministerio de Justicia sobre el complemento de productividad de los Secretarios Judiciales.
VER EL INFORME

UPSJ SE REUNE CON EL JEFE DEL GABINETE DEL MINISTRO DE JUSTICIA

UPSJ SE REUNE CON EL JEFE DEL GABINETE DEL MINISTRO DE JUSTICIA En la mañana de hoy, los miembros del Secretariado de la Unión Progresista de Secretarios Judiciales Emilio López, como Portavoz de la Asociación, y Javier Herreros, se han reunido con el Director del Gabinete del Ministro de Justicia D. David Gimenez Gluck para trasladarle la preocupación del colectivo sobre el estado actual del desarrollo de las reformas de las leyes procesales.

CONSULTA DE LA FGE SOBRE LOS DECRETOS EN JURISDICCION VOLUNTARIA

La Fiscalía General del Estado ha emitido la Consulta 1/2004 a raíz de que varios Secretarios Judiciales han resuelto expedientes de Jurisdicción Voluntaria, en concreto declaraciones de herederos abintestato, mediante Decreto.

Partiendo de que “una interpretación literal del texto “Los Secretarios Judiciales cuando así lo prevean las leyes procesales tendrán competencia en las siguientes materias: ...b) jurisdicción voluntaria...”, indica ya con absoluta claridad que se trata de una norma vigente pero de aplicación futura ya que habilita al legislador para arbitrar unas competencias, pero no crea originariamente un marco competencial definido y concretado, sino que lo difiere a la futura ley procesal que la desarrolle”, continua afirmando que “en las normas vigentes que regulan con carácter general la jurisdicción voluntaria, no sólo no está previsto que los Secretarios puedan resolver los expedientes mediante decreto, sino que incluso de manera expresa se alude a la competencia del Juez para resolverlos (art. 1811 de la LEC 1881)”.

También pone de manifiesto los problemas que supondrían la atribución, automática y sin una previa reforma de las leyes procesales, al Secretario Judicial de la competencia para la resolución e los expedientes de jurisdicción voluntaria, destacando que “Estos procedimientos serían de la exclusiva competencia del Secretario Judicial (art. 456.4 LOPJ), sin distinción alguna entre los actos de jurisdicción voluntaria de inequívoca naturaleza jurisdiccional -reservados a los Jueces según los arts. 117.3 y 4 CE y 2.2 LOPJ- y aquéllos que carecen de tal carácter, asimismo no se produciría intervención judicial ni en la tramitación ni en la resolución (art. 456.3 LOPJ), y conduciría a la absurda consecuencia de convertir el decreto del Secretario en decisión irrevocable dado que ni se prevé qué recurso procedería (el artículo sólo contiene una mención genérica a “los recursos que quepa interponer”), ni sería probable admitir la apelación que tiene naturaleza jurisdiccional”.

Concluye afirmando que “en el momento actual y en tanto no tenga lugar la tan anunciada reforma de las normas que regulan los procedimientos de jurisdicción voluntaria, éstos no pueden ser resueltos por decreto del Secretario judicial dictado al amparo del vigente art. 456.3.b) LOPJ, sino que deben concluir en todo caso mediante resolución judicial, por lo que los Sres. Fiscales deberán adoptar las medidas procesalmente oportunas para evitar o, en su caso, subsanar tales anomalías”.

UPSJ ENTRA EN EL CONSEJO DEL CEJAJ

UPSJ ENTRA EN EL CONSEJO DEL CEJAJ El pasado día 13 de diciembre y bajo la Presidencia del Ministro de Justicia D. Juan Fernando López Aguilar, se ha constituido el Consejo del Centro de Estudios Jurídicos de la Administración de Justicia. Además del Secretario de Gobierno del Tribunal Supremo, que forma parte del Consejo como Vocal nato, se han integrado en este órgano de dirección del Centro, por designación del Ministro de Justicia, el Portavoz de la Asociación Progresista de Secretarios Judiciales, Emilio López Durán, y el Presidente de la asociación “Colegio Nacional de Secretarios Judiciales”.

LA UNION PROGRESISTA DE SECRETARIOS JUDICIALES SATISFECHA CON LA GESTION DE BANESTO DE LAS CUENTAS DE CONSIGNACIONES JUDICIALES.

LA UNION PROGRESISTA DE SECRETARIOS JUDICIALES SATISFECHA CON LA GESTION DE BANESTO DE LAS CUENTAS DE CONSIGNACIONES JUDICIALES. Transcurridos dos años desde que BANESTO se hizo cargo de la cuenta de consignaciones y depósitos judiciales, el Secretariado de la Unión Progresista de Secretarios Judiciales ha valorado la gestión que viene realizando esta entidad y lo hace de forma muy positiva.

Ya desde el inicio han sabido superar las reticencias que, a los que nos encontramos en la administración, siempre nos provocan los cambios y lo han hecho a través de la prestación de un servicio de calidad, con interés constante por eliminar disfunciones y disposición para atender quejas y sugerencias de los Secretarios Judiciales como responsables de un sistema de pagos judiciales que mueve diariamente millones de euros. En estos dos años, se han realizado más de un millón y medio de operaciones de pago y transferencia.

Destacamos especialmente el que hayan conseguido implantar en pocos meses un sistema informático para la gestión de estas enormes cantidades de dinero, sistema que nos ha metido de golpe en el siglo XXI y ha permitido en gran medida abandonar el procedimiento manual que se venía empleando desde tiempo inmemorial. Si no lo ha logrado en su totalidad es debido a reticencias de las Administraciones responsables y a los equipos informáticos de que disponen los Secretarios Judiciales, equipos que son insuficientes y que en demasiados casos han superado con creces la edad de jubilación.

Animamos a BANESTO a continuar en la línea marcada, recoger las conclusiones que se extraen de la encuesta de satisfacción, conseguir que las administraciones responsables superen las reservas injustificadas y avanzar junto a los Secretarios Judiciales en la finalidad de prestar un servicio eficaz y de calidad para el justiciable.

EL SECRETARIADO DE LA U.P.S.J.

Listado de aprobados en la oposición libre OEP 2003

Listado de aprobados en la oposición libre OEP 2003 Finalizado el segundo ejercicio de las oposiciones, Oferta de Empleo de 2003, se ha publicado la lista de aprobados de los cuatro tribunales.
Nuestra más cordial felicitación para los aprobados.
La Redacción del Boletín
Diciembre de 2004
Consultar el listado (pdf)

DOCUMENTOS ENTREGADOS POR UPSJ AL DIRECTOR GENERAL

DOCUMENTOS ENTREGADOS POR UPSJ AL DIRECTOR GENERAL Ante el gran número de llamadas recibidas interesándose por el contenido de los documentos entregados por la delegación del Secretariado de UPSJ al Director General de Relaciones con la Administración de Justicia en la reunión celebrada el pasado día 1 de Diciembre y de la que dimos puntual información, siguiendo la política de trasparencia que siempre hemos defendido publicamos a continución el texto íntegro de los citados documentos.

En relación al Reglamento orgánico el contenido es el siguiente:

ASPECTOS PROFESIONALES. Si bien estimamos imprescindible la intervención de los Secretarios Judiciales en la redacción de este Reglamento, entendemos que no puede regularse el ejercicio de la profesión sin la participación del Secretario Judicial. Y esto es debido a que la profesión de Secretario Judicial es de las profesiones jurídicas menos conocidas por los juristas ajenos a la Carrera, lo que ha llevado a que en los distintos textos legales se mezclen y confundan funciones de los Secretarios Judiciales de distinta naturaleza. A título de ejemplo se puede citar que la LOPJ vuelve a calificar como “resoluciones “ a las diligencias de constancia.

COMPETENCIAS. Artículo 7. No es lo mismo “ejecución” que “la ejecución”. Exigencia de reformas procesales con carácter urgente para la adecuación de las mismas a los principio contenidos en la LO 19/03.

SECRETARIO GENERAL. Cúspide de la Carrera del Secretariado Judicial, con categoría de Subsecretario como prevé el art. 16 de la LOFAGE. De lo contrario se desnaturalizaría la figura manteniéndose la situación anterior a la L.O. 19/03.

CONSEJO DEL SECRETARIADO. Configurado en la LOPJ como instrumento de participación democrática del Cuerpo de Secretarios Judiciales, ha de estar integrado exclusivamente por Secretarios Judiciales.

SECRETARIOS DE GOBIERNO Y COORDINADORES. SITUACION EN CASO DE CESE. Ha de respetarse la situación que prevén los arts 464.5 y 466.4 de la LOPJ en lo referente a la situación en que quedan los Secretarios de Gobierno y Coordinadores una vez se produce su cese, situación idéntica a las previstas en las leyes para los Presidentes de TSJ, de Audiencias o Fiscales Jefes.

ACCESO A LA CARRERA. TRIBUNALES DE OPOSICION. Han de estar presididos por un Secretario Judicial.

DERECHOS COLECTIVOS. NEGOCIACION COLECTIVA. Regulación de la negociación colectiva de los Secretarios Judiciales de forma que garantice el ejercicio efectivo de este derecho.

AUTOFORMACION PROFESIONAL. Reconocimiento expreso de la autoformación profesional del Secretario Judicial, con reflejo en el establecimiento de jornada y horario.

ESCALAFON. La aprobación de un nuevo Reglamento no debe suponer alteración del actual orden escalafonal.

INAMOVILIDAD. Supresión de la posibilidad, prevista en el art. 116 del Borrador, de remoción del puesto de trabajo obtenido en concursos específicos mediante una mera alteración en el contenido del puesto realizada a través de las relaciones de puestos de trabajo.

SUSTITUCIONES. Previsión de nombramiento de Secretarios sustitutos de forma que queden garantizados, de un lado la correcta atención al servicio, y de otro, los derechos de los Secretarios Judiciales, en especial al descanso semanal, al disfrute de las licencias reglamentariamente previstas, y a la asistencia a cursos de formación.

REGIMEN DISCIPLINARIO. Garantía de los principios de legalidad, seguridad jurídica, culpabilidad, proporcionalidad y principio acusatorio en el régmien disciplinario de los Secretarios Judiciales. El Instructor de los expedientes disciplinarios incoados a Secretarios Judiciales será siempre un Secretario Judicial, de igual o superior categoría que el expedientado.

Y respecto al a productividad:

- La productividad debe quedar definida como un rendimiento en el trabajo superior a la media, de forma que no se pueda aplicar el presupuesto de productividad para retribuir otros conceptos que hubieran debido retribuirse por un mayor complemento del puesto.

- El reconocimiento de la productividad se verificará a partir de parámetros objetivables a través de la Estadística Judicial.

- La norma que regule el complemento de productividad deberá garantizar que todos los Secretarios Judiciales puedan acceder, en condiciones de igualdad, a la posibilidad de conseguirlo.

- La cantidad destinada a la productividad debe ser el 5% de la masa salarial bruta del Cuerpo de Secretarios Judiciales. En ningún caso el tipo porcentual será inferior al que se fije para las Carreras Judicial y Fiscal en aplicación del art. 9.3 de la Ley 15/03.

- Como resulta del art. 7.4 del RD 1130/03, ni un sólo euro de este crédito asignado a la productividad puede destinarse al cumplimiento de objetivos concretos fijados por la DGRAJ a que se refiere el art. 7.3.

Convocados concursos de traslado de 2ª y 3ª categoría

Convocados concursos de traslado de 2ª y 3ª categoría El BOE del 3/12/2004 convoca concursos de traslado de 2ª y 3ª categorías.
Ir a la Sección correspondiente en el BOE

EL CEJAJ SOLICITA SECRTARIOS JUDICIALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA LOS CURSOS DE FORMACION INICIAL

EL CEJAJ SOLICITA SECRTARIOS JUDICIALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA LOS CURSOS DE FORMACION INICIAL El Centro de Estudios Juridicos de la Administración de Justicia nos ha solicitado que demos publicidad a la convocatoria dirigida a Secretarios Judiciales destinados en la Comunidad de Madrid para impartir clases de formación inicial a la XXXIV Promoción de Secretarios Judiciales en las siguientes materias y horarios:

ASIGNATURAS

1. El Secretario Judicial ante el Orden Jurisdiccional civil

- Horario de tarde: Lunes, martes, miércoles y jueves:16:00- 18.00 horas a partir del 17 de enero de 2005
- Método del caso: estudio a través de supuestos prácticos.
- Total de horas lectivas: 48

2. El Secretario Judicial ante el orden Jurisdiccional penal

- Horario de mañana: martes y jueves, de 9,30 a 11,30 horas.
A partir de 18 de enero de 2005

- Aspectos prácticos de la intervención del Secretario Judicial en el proceso penal.
- Total de horas lectivas. 26

3. El Secretario Judicial: Derecho Orgánico

- Horario de mañana: lunes, martes y jueves, de 12:00 a 14:00 horas.
A partir de 17 de enero de 2005.

- Aspectos prácticos del Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, y estudio de la reforma de la oficina judicial.
- Total de horas lectivas. 40

4. El Secretario Judicial ante el Orden Jurisdiccional social

- Horario de mañana: lunes, martes y jueves, de 12,00 a 14,00:30 horas.
28 de febrero, 1 y 2 de marzo de 2005

- Aspectos prácticos de la intervención del Secretario Judicial en los procedimientos laborales.
- Total de horas lectivas: 6

5. El Secretario Judicial ante el Orden Jurisdiccional Contencioso Administrativo

- Horario de mañana: martes, jueves y martes, de 9.30 a 11:30 horas.
3, 8 y 10 de marzo de 2005.

- Un profesor por grupo
- Aspectos prácticos de la intervención del Secretario Judicial en los procedimientos contencioso-administrativos. Especial atención a los Derechos Fundamentales.
- Total de horas lectivas: 6

SEMINARIOS

1. Juicios de faltas

- Horario de mañana: miércoles 26 de enero de 2005, de 9:30 a 14.00 h
- Aspectos prácticos de los juicios de faltas
- Total de horas lectivas: 4

2. Subastas judiciales

- Horario de mañana: miércoles 16 de febrero de 2005, de 9:30 a 14,00 horas
- Aspectos prácticos
- Total de horas lectivas: 4

3. Tasaciones de costas, liquidación de intereses

- Horario de mañana: miércoles 23 de febrero de 9,30 a 14,00 horas
- Aspectos prácticos.
- Total de horas lectivas:4

4. La Estadística judicial
- Horario de mañana: miércoles 2 de marzo, de 9,30 a 14:00 h
- Explicación práctica.
- Total de horas lectivas: 4

Las solicitudes han de remitirse antes del día 14 de Diciembre, mediante instancia al Fax nº 91-543-18-70, o mediante e-mail a la dirección infogral.cejaj@cejaj.mju.es

EL MINISTERIO DE JUSTICIA ANUNCIA CONCURSO DE TRASLADO

EL MINISTERIO DE JUSTICIA ANUNCIA CONCURSO DE TRASLADO En la web del Minsiterio de Justicia se pueden consultar sendas Ordenes de 19 de Noviembre por las que se convocan concursos de traslado para la provisión de plazas vacantes de Secretarios Judiciales de la segunda y tercera categoría. Podeis consultar el texto en los siguientes enlaces
PLAZAS DE SEGUNDA CATEGORIA
PLAZAS DE TERCERA CATEGORIA

EL MINISTERIO NOS ANUNCIA PROXIMO CONCURSO

EL MINISTERIO NOS ANUNCIA PROXIMO CONCURSO En respuesta a la inquietud manifestada por gran número de Secretarios Judiciales ante la escasez de convocatoria de concursos de traslado durante el último año, unido al hecho de que desde el mes de mayo no se convoque uno ofreciendo plazas vacantes (el de julio lo fué exclusivamente de las de órganos de nueva creación), el Portavoz de la Unión Progresista de Secretarios Judiciales se ha interesado ante el Ministerio de Justicia por la situación, obteniendo como contestación que está prevista la aprobación de un concurso durante el presente mes de Noviembre, y que será resuelto tras las Navidades.