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Corrección de errores del decreto de Retribuciones en el BOE de hoy

El BOE del 14 de octubre de 2003 publica una corrección de errores del Real Decreto de retribuciones de 5 de septiembre, que dice:
18926 CORRECCIÓN de error del Real Decreto 1130/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales.
Advertido error en el Real Decreto 1130/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 221, de 15 de septiembre de 2003, se procede a efectuar la oportuna rectificación:
En la página 34085, segunda columna, Anexo II.2, la mención contenida en el grupo 5, «Resto de destinos correspondientes a la segunda categoría de secretarios judiciales» debe sustituirse por «Resto de destinos correspondientes a la tercera categoría de secretarios judiciales».

El Centro de Estudios Jurídicos adaptará su Estatuto

El Centro de Estudios Jurídicos adaptará su Estatuto

Fuente: www.la-moncloa.es
Madrid, 10 de octubre de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se elabora el nuevo Estatuto del Centro de Estudios Jurídicos.

Las modificaciones legislativas producidas desde la promulgación del Real Decreto de 29 de octubre de 1986, por el que se aprobó el Reglamento del Centro de Estudios Judiciales, han determinado que una buena parte del mismo se encuentre derogado tácitamente.

El nuevo Estatuto regulador del Centro de Estudios Jurídicos tiene como objetivo, además de concentrar la formación de las Carreras y Cuerpos relacionados con la Administración de Justicia, modernizar las funciones y actividades del Centro dentro del proceso global de reforma de la Administración de Justicia.

Al Centro de Estudios Jurídicos le corresponden cometidos de naturaleza docente, tanto de formación
inicial como continuada; la promoción y la realización de estudios, investigaciones, publicaciones y cualquier otra actividad que pueda contribuir a mejorar la formación. De manera equivalente a como hace la Escuela Judicial respecto de Jueces y Magistrados, permite garantizar la cualificación de los profesionales de la Justicia desde su ingreso en sus respectivas carreras como a lo largo de su vida profesional, garantizando la especialización en áreas tan relevantes como las de familia, menor, protección a las víctimas, etcétera.

Asimismo, dicho Centro continúa configurándose como un organismo autónomo, adscrito al Ministerio de Justicia, que tiene como función la colaboración con el Ministerio de Justicia en la selección, formación y perfeccionamiento de los miembros del Ministerio Fiscal, de los Cuerpos de Secretarios Judiciales, Médicos Forenses y del resto de personal al servicio de la Administración de Justicia.

REFORMA DEL ESTATUTO DEL CENTRO DE ESTUDIOS JURÍDICOS.

Poner la estadística al día

Poner la estadística al día

13 de Octubre de 2003

Nos han llegado noticias de que a partir de enero de 2004, probablemente la retribución de los jueces y la estadística judicial deberán ir de la mano. Esto hará que el juez, tradicionalmwente ajeno a la gestión y control de la estadística, recobre un interés especial en que se corresponda exactamente con las sentencias y autos que dicte. Parece ser que el Consejo General del Poder Judicial ligará la retribución complementaria a la presentación de los datos de resoluciones, y éstos deberán de corresponderse con los de la estadística. En caso de no presentar esa relación en el plazo que se fije se dice que habrán importantes reducciones, de hasta un 20%, en las complementarias.
Seguro que una medida tal, causará no poca zozobra.
Los ordenadores de los Juzgados no sirven para preparar las estadísticas judiciales, pues no facilitan los listados de datos que éstas requieren. Pero con ellos o sin ellos, las estadísticas deberán estar actualizadas y revisadas. Eso es seguro.
REDACCIÓN DEL BOLETIN SEMANAL DE UPSJ

El Grupo Parlamentario Popular presenta una enmienda a la LOPJ, ya en el Senado, que suprime el Tercer Turno

Hemos leído en ABC del 9 de ctubre de 2003, la siguiente noticia:

"La nueva Ley del Poder Judicial suprimirá el acceso a la carrera por el tercer turno."
MANUEL MARÍN

La reforma pretende poner fin a la llamada justicia «interina» para que todos los jueces sean profesionales y atribuye al CGPJ el control para su especialización

El llamado «tercer turno» de acceso a la carrera judicial quedará suprimido una vez que quede aprobada por las Cortes la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, actualmente en tramitación en el Senado. La ley ahora en vigor prevé que en cada convocatoria de plazas a juez, se reservará una cuarta parte de ellas para licenciados en Derecho con al menos seis años de ejercicio profesional que superen un concurso-oposición y un curso en la Escuela Judicial.

Esta previsión -que regula el «tercer turno»- desaparecerá como tal «con el objeto de garantizar y mejorar la calidad de la Justicia», según figura en una enmienda al proyecto de ley que ayer presentó en el Senado el Grupo Parlamentario Popular por iniciativa del Gobierno, poco antes de que concluyese el plazo para la presentación de iniciativas de reforma al texto. La reforma no afecta en cambio al sistema de acceso a la carrera judicial por el «cuarto turno», reservado a juristas de reconocida competencia con más de diez años de ejercicio profesional.

La supresión del «tercer turno» responde a la superación de la «desertización judicial» que se producía años atrás, cuando resultaba obligado seleccionar un número elevado de jueces que el tradicional sistema de oposición libre no era capaz de alcanzar para cubrir todas las plazas convocadas. Ahora, en cambio, existe por primera vez un superávit de jueces respecto a las plazas judiciales existentes. De otro lado, resulta significativo el dato de que que el número de jueces que accedían a la carrera a través de este «tercer turno» era en los últimos años muy reducido -apenas llegaba a la decena-, la mayor parte de ellos procedentes del cuerpo de secretarios judiciales.

La enmienda presentada incide en que «el ingreso en la carrera judicial estará basado en los principios de mérito y capacidad para el ejercicio de la función jurisdiccional» y apuesta por reforzar «una preparación integral, especializada y de alta calidad a los miembros de la carrera judicial así como a los aspirantes a ingresar en ella» a través de la Escuela Judicial.

Además, la enmienda pretende «garantizar la plena profesionalización de la Justicia, de forma que las funciones jurisdiccionales se ejerzan exclusivamente por jueces y magistrados de carrera» evitando, salvo en casos excepcionales, la presencia de jueces sustitutos o interinos en los Juzgados.

De otro lado, se añade un precepto según el cual el Consejo General del Poder Judicia «establecerá reglamentariamente un Plan de Formación Continuada de la carrera judicial en el que se detallarán los objetivos, contenidos, prioridades formativas y la programación plurianual de estas actuaciones». Además, cada juez contará con un «Plan Especializado en Formación Continuada, mediante el cual se programarán de forma individualizada, en periodos de cinco años, los objetivos formativos».
la mayor parte de ellos procedentes del cuerpo de secretarios judiciales.

Dos enlaces de interés

Dos enlaces de interés

Dos enlaces de interés cabe recomendar esta semana. El primero el que ha puesto en servicio la Universitat de València-Estudi General, creando una REVISTA DE DERECHO en internet. Destaca un especial sobre la LEC 1/2000. Todos los artículos pueden leerse íntegros.

El segundo enlace, que nos da a conocer nuestro compañero D. Juan Marcos Estarán, dedicado también a los estudios de Historia del Derecho, y con notables publicaciones en la materia, es el que nos lleva a la Universidad de Harvard, que ha puesto en la red las actas del PROCESO DE NUREMBERG. Su importancia histórica, jurídica, y también en particular, los aspectos técnicos que reflejan cómo se recogió el largo proceso a los criminales de guerra nazis, es enorme.

+ Enlace con la Revista de Derecho: http://centros.uv.es/web/centros/derecho/interno/index.html
Enlace con las actas de los Juicios de Nuremberg: http://www.nuremberg.law.harvard.edu

Importante modificación de la Ley de Extranjería, que afecta al Cc y al CP

LEY ORGÁNICA 11/2003, de 29 de septiembre, de medidas concretas en materia de seguridad ciudadana, violencia doméstica e integración social de los extranjeros.http://www.boe.es/boe/dias/2003-09-30/pdfs/A35398-35404.pdf

Previsión de sueldo para los Secretarios Judiciales en la Ley de Presupuestos Generales del estado de 2004

Previsión de sueldo para los Secretarios Judiciales en la Ley de Presupuestos Generales del estado de 2004

Según el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado, presentado por el Gobierno en el Congreso el pasado 30 de septiembre de 2003, estos son los sueldos previstos para el año 2004:

b) El sueldo del Cuerpo de Secretarios Judiciales queda establecido para el
año 2004 en las cuantías siguientes, referidas a 12 mensualidades:
• Secretarios Judiciales de primera categoría ......................17.979,60 €
• Secretarios Judiciales de segunda categoría......................16.695,36 €
• Secretarios Judiciales de tercera categoría........................15.411,12 €

Puede verse el Proyecto de Ley en la página del Ministerio de Economía y Hacienda, Secretaría de estado de Presupuestos y Gastos: http://www.igae.minhac.es/

Bienvenido al weblog de upsj

Ya tenemos weblog. Con este Boletín la Unión Progresista de Secretarios Judiciales se suma a un nuevo concepto de comunicación, más ágil, más inmediato. La actualización semanal nos permitirá mantener más informados a los lectores.

Con ello reafirmamos el compromiso conocido de nuestra asociación de mantener un alto nivel profesional, respondiendo a las necesidades que exige el ejercicio del cargo actualmente a los Secretarios Judiciales.

Already we have weblog. With this Bulletin the Progressive Union of Judicial Secretaries adds to a new concept of communication, more agile, more immediate. The weekly update will allow us to keep the readers more informed.

With it we reaffirm the commitment known about our association to support a high professional level, answering to the needs that the exercise of the appointment demands nowadays from the Judicial Secretaries (or Court Clerk's, in U.S.A., or Justice's Clerks, District Judges and Masters in Great Britain.)

Déjà nous avons weblog. Avec ce Bulletin l'Union Progressive de Secrétaires Juridiques ajoute à un nouveau concept de communication, plus agile, plus immédiate. La mise à jour hebdomadaire nous permettra de tenir les lecteurs plus informée.

Avec cela nous réaffirmons l'engagement connu de notre association pour soutenir un haut niveau professionnel, répondant aux besoins que l'exercice de notre function exige de nos jours des Greffiers de Justice.